Como usuarios de motos, tanto el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, así como en los reglamentos de distintas entidades de la República Mexicana, exigen documentos necesarios para poder circular sin contratiempos en nuestros caminos, así que toma nota, ya que son de suma importancia.

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Licencia de conducir: debe ser expedida por las dependencias estatales correspondientes al domicilio del o la propietaria de la motocicleta. En la Ciudad de México puedes tramitar la licencia Tipo A1 si planeas conducir únicamente motocicleta; si tu intención es conducir motocicleta y automóvil, podrás utilizar la licencia A2 que te permitirá conducir ambos vehículos.

Placas debidamente colocadas y claramente legibles: está prohibido que los vehículos transiten por las vías de nuestro país con placas metálicas modificadas o colocadas de forma tal que impida su legibilidad. Considera que si eres sorprendido circulando con placas que contengas alteraciones, te harás acreedor a una multa, que va de las 20 a 30 Unidades de Medida y Actualización vigentes y tuy moto será llevada al corralón.

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Tarjeta de circulación vigente: la cual es expedida por las autoridades correspondientes a nivel estatal. Este documento consiste en una identificación oficial expedida, en el caso de CDMX, por la Secretaría de Movilidad. Se emite generalmente cuando se tramitan las placas y en ella se incluyen los datos generales de la moto, así como el nombre del propietario. Básicamente, es el permiso indispensable para poder circular en nuestro país y se debe renovar cada 3 años.

Comprobante de pago de tenencia: es decir, el impuesto que se cobra anualmente a los propietarios de vehículos en México, el monto del impuesto variar dependiendo de la entidad. El costo del refrendo vehicular en la CDMX para 2024 es de 698 pesos en autos y 570 pesos para motocicletas.

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Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil Vehicular: de acuerdo con el gobierno federal todos los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales, sin importar el año, deben tenerlo y portar consigo una póliza. Cabe señalar que también se debe contemplar que hay documentos requeridos que dependen de la demarcación en que se transite. Además, es necesario precisar que si bien la verificación vehicular es obligatoria para los automóviles en diversas entidades, no sucede así con las motocicletas.